
| En el transcurso de todos estos años de andadura profesional, la acumulación de experiencias positivas en lo que se refiere a nuestra participación en el entramado Judicial ha sido francamente válida e importante como para merecer ser comentada La introducción efectiva del testimonio profesional de los detectives ante la Judicatura, prácticamente era un hecho habitual en los Juzgados de Familia décadas antes de la legalización del Divorcio. Básicamente la profesión de DETECTIVE PRIVADO en ESPAÑA se consolida y regulariza en la época de la Dictadura de FRANCO, -entre otros aspectos- para cubrir este tipo de problemas en los matrimonios, con las infidelidades y aventuras amorosas que se convertían en adulterio -delito- si lo realizaban las mujeres o amancebamiento -falta- si los infieles eran los hombres, siendo un labor considerada "sucia" y poco relevante como para que actuasen los DETECTIVES PUBLICOS. Esta problemática social, probablemente fue, desde los años 50 a los 60, la base fundamental del trabajo profesional que desarrollaban los Detectives Privados de esa época, sin embargo, a finales de los 60 y primeros años de los 70, se producen cambios evolutivos importantes en el desarrollo industrial y social de nuestro País, lo que transforma básicamente la profesión, que extiende sus actividades a otras parcelas importantes de la sociedad española, como son; la economía, la empresa y el mundo laboral, los problemas en las familias, y los delitos llamados privados o menores. Concretamente, en lo que concierne a nuestra Comunidad Andaluza, se han logrado avances espectaculares, ya que el retraso en algunas poblaciones en lo que respecta al conocimiento de nuestras actividades por los miembros de la Judicatura era absoluto, circunstancia que nos produjo, en los inicios del ejercicio de nuestra gestión en esta Región, hace tres décadas, desaires clarísimos por parte de algún que otro veterano Magistrado, quienes, llegaron a considerar nuestra intervención, como peliculera o parcial en tres o cuatro casos vistos ante las Magistraturas de JEREZ y CORDOBA, siendo desestimados nuestros Informes, en los que claramente se aportaban pruebas a favor de la tesis de nuestros Clientes. Estos fracasos no nos desanimaron nunca y enseguida la actuación de los Detectives fue justamente entendida y valorada. Concretamente, en lo que conocemos por nuestra propia experiencia, RAUSA & RAUSA, fue absolutamente considerada y admitida por todos los miembros de la Magistratura, valorándose exactamente -las pruebas e informaciones que se concretaban en sus Informes- como piezas elementales y en muchos casos determinantes en los litigios sociales que por despidos, a causa de situaciones de Absentismo por chapuzas propias o ajenas, de Apropiación Indebida, Competencia Desleal, o en las Bajas Fingidas por enfermedad o accidente, llegamos a participar. Otros campos en los que nuestra aportación profesional suele ser importante, y, en los que nuestra actuación para conseguir pruebas es básicamente aceptada y valorada por el Poder Judicial, son; los litigios sobre problemas de la LEY DE ARRENDAMIENTOS, en los INCUMPLIMIENTOS DE CONTRATOS, en toda clase de demandas por DEUDAS, así como en las ESTAFAS COMERCIALES, FRAUDES, FALSIFICACIONES, etc... De un valor determinante, suelen ser, las pruebas aportadas por los DETECTIVES PRIVADOS, en los litigios producidos contra la Entidades Aseguradoras, en reclamaciones por daños y secuelas de los afectados en accidentes y siniestros cubiertos por las mismas, así como en el caso de las Mutuas Patronales en lo que respecta a las bajas por accidentes de trabajo o enfermedad de los trabajadores Autónomos. Este fraude ascendente generado por esta vía, ha encontrado un freno importante en nuestra aportación profesional, siendo mayoría, las Entidades Aseguradoras que nos contratan para verificar las situaciones y los hechos en aquellos siniestros o accidentes en los que se detectan fallos o inexactitudes, tanto en el hecho en si del siniestro producido, como en el posterior estado de salud del afectado, sus secuelas y su recuperación. Igualmente es de gran utilidad, aunque no tenga una implantación tan consolidada como en los Juzgados Civiles y Sociales, nuestra intervención en las causas PENALES y los procesos JUDICIALES por delitos o faltas ya sean estas mas o menos graves, posiblemente, a causa de ser menor la demanda de nuestros SERVICIOS en este tipo de causas por parte de los enjuiciables y sus ABOGADOS. JMIA. |